
El factor riesgo de la Corte Suprema e iniciativas legales que ajustan la vía de ingreso al SEIA
Actualidad Nacional
Mientras la Corte avanza hacia un criterio de riesgo para evaluar el ingreso al SEIA, el Congreso no logra articular consensos en cuanto a las tipologías del SEIA
En diciembre de 2018, la Corte Suprema señaló que no sólo deben ingresar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEIA) los proyectos listados expresamente en el artículo 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LBGMA) y en el artículo 3° de su Reglamento, sino que también aquellos que causan riesgo antrópico y peligros naturales, en virtud del principio precautorio (Rol 15.499-2018; Rol 15.500-2018; Rol 15.501-2018).
En este mismo sentido, el 22 de enero de 2019 indicó que la explotación de áridos es una actividad que por su naturaleza debe ingresar a SEIA y contar con autorización municipal, porque son faenas que pueden ocasionar riesgo a la salud y el medio ambiente más allá de la superación de los umbrales contenidos en el Reglamento del SEIA (Rol 36.684-2017).
Estos precedentes se enfrentan al contexto legislativo que destaca por un desarticulado número de iniciativas que pretenden efectuar modificaciones al SEIA en relación a las hipótesis de ingreso, así como de los efectos, circunstancias y características que detonen la obligación de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
Se han presentado mociones que pretenden el ingreso al SEIA del transporte, recepción, acopio y embarque de minerales (boletines 10108-12; 10629-12) y de centrales generadoras de energía mayores a 1 MW en los casos donde las comunidades indígenas sean susceptibles de afectación directa (boletín 12079-12).
En cuanto a la obligación de presentar un EIA han ingresado mociones que lo requieren respecto de proyectos emplazados en zonas declaradas latentes o saturadas, mientras no se dicte el respectivo plan (boletín 11601-12); actividades que contribuyan al fenómeno del cambio climático (boletín 11689-12); áreas con valor científico, de investigación y/o turístico para la observación astronómica (boletín 11.912-12); riesgo a la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de olores (boletín 10268-12).
Cabe considerar que la modificación del SEIA fue uno de los compromisos de campaña del actual gobierno. Teniendo como antecedente los resultados de la Comisión Asesora Presidencial de Evaluación del SEIA (2016). Así, el Ejecutivo presentó los proyectos que moderniza al SEIA (boletín 11952-12) y la agenda pro inversión (boletín 11747-03) que también contemplan ajustes en las causales de ingreso.
Mientras el proyecto que Moderniza el SEIA genera opiniones divididas entre los parlamentarios, el gobierno optó por una alternativa penal que tipifica un delito genérico contra el medio ambiente (boletín 12398-12), que a comienzos de su tramitación, fue objeto de profundas críticas por parte de la Corte Suprema.