LEY MARCO DE SUELOS
El proyecto que establece una Ley Marco de Suelos (Boletín 14714-01), fue ingresado al Senado el día 24 de noviembre de 2021, encontrándose en su etapa inicial de discusión legislativa (primer trámite constitucional).
En lo medular, el proyecto busca establecer un modelo de gobernanza para el uso sustentable del suelo, creando nueva institucionalidad, y coordinando a los organismos públicos que hoy detentan competencias en la materia (Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ministerio de Agricultura, Ministerio del Medio Ambiente, entre otros).
Así, la Ley Marco de Suelos (LMS) buscaría hacer frente a los desafíos que trae consigo la desertificación, degradación y erosión de los suelos, mediante una gestión sostenible de este recurso, promoviendo su rehabilitación y remediación.
Finalmente, la iniciativa busca responde a los Objetivos de Desarrollo Sustentable (ODS)
fijados por Naciones Unidas para el año 2030.
TRAMITACIÓN LEGISLATIVA
- El proyecto fue presentado el día 24 de noviembre de 2021 ante el Senado. Una vez ingresado, fue despachado a la Comisión de Agricultura para iniciar su discusión.
- Posteriormente, con fecha 07 de diciembre del mismo año, la Comisión de Agricultura emitió su primer informe, el cual fue favorable a la iniciativa.
- En enero de 2022, el Senado aprobó en general el proyecto, iniciándose el periodo para la presentación de indicaciones.
- A finales de junio de 2022, fue presentado un primer boletín de indicaciones. No obstante, el plazo para presentar indicaciones ha sido ampliado hasta el mes de diciembre de 2022, inclusive.
LAS CLAVES DEL PROYECTO
Originalmente la iniciativa contenía normas que creaban nueva institucionalidad; sin embargo, estas fueron eliminadas debido a que se tratarían de normas que son materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
Con todo, se ha solicitado al Ejecutivo, y en particular, a la Ministra de Agricultura el apoyo de la iniciativa mediante la presentación de indicaciones que reintegren el contenido excluido.
Los aspectos que inicialmente consideraba la iniciativa son:
- Creación de un modelo de gobernanza sobre el suelo, mediante una Política Nacional para la Gestión Sostenible del Uso del Suelo. Dicha política deberá integrar Instrumentos de Gestión del Suelo (IGS), orientados a la planificación territorial, la regulación de la contaminación del suelo, la mitigación y adaptación al cambio climático, entre otros aspectos.
- Implementación de un Sistema Nacional de Información, Clasificación, Monitoreo y Evaluación de Suelos, que permita recopilar y caracterizar los distintos tipos de superficies. Dentro de dicho sistema se contempla la elaboración de un Catastro Nacional de Suelos (CNS), que permita definir las superficies vulnerables y contaminadas. A partir de lo anterior, los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) podrán establecer zonificaciones compatibles con la condición de suelo vulnerable y/o contaminado.
- Creación de un Instituto Nacional del Suelo (INS), encargado de coordinar y elaborar la Política Nacional para la Gestión del uso de suelo; así como también, administrar el Sistema Nacional de Información de suelos.
Contenido actualmente en discusión
- El ámbito de aplicación de la norma es “regular la gestión sostenible del uso del suelo, así como resguardar su protección, conservación y restauración; con la finalidad de evitar su destrucción y degradación; promover su identificación, estudio, clasificación y conocimiento; considerando los tratados internacionales ratificados por Chile, que se encuentren vigentes y que incidan sobre la materia” (Artículo 1).
- Reconocimiento de principios orientadores de la LMS, como el principio científico, de equidad territorial, de gobernanza, responsabilidad, participación ciudadana, entre otros.
- Definición de conceptos claves para efectos de la LMS, como “degradación de suelos”, “desertificación”, “erosión de suelos” y “suelo”.En esta línea, el PdL define al suelo como aquél: “Cuerpo tridimensional dinámico, donde coexisten gases, líquidos y sólidos, de la superficie de la Tierra, conformado por una mezcla de materiales inorgánicos y orgánicos, no consolidados de origen natural, y de los organismos que lo habitan, formado en escalas de tiempo no humana. Componente vital del medioambiente, posee múltiples funciones y servicios ecosistémicos, y propiedades definidas y diversas, producto de la evolución natural, debido a factores ambientales y/o de perturbaciones antrópicas.” (Artículo 3 letra t)
- Incorporación de mecanismos de participación ciudadana en la elaboración de los
instrumentos de gestión sostenible del suelo.
INDICACIONES PRESENTADAS
- Con fecha 30 de junio de 2022, se publicó el primer boletín de indicaciones al proyecto.
DOCUMENTOS DE INTERÉS